PLAN DE EMERGENCIA
CONJUNTO RESIDENCIAL ALAMEDA 181 - PROPIEDAD HORIZONTAL
INTRODUCCIÓN
De acuerdo con la Ley 675 de 2001, se considera edificio a una construcción de uno o varios pisos levantados sobre un lote o terreno, cuya estructura comprende un número plural de unidades independientes; y conjunto al desarrollo inmobiliario conformado por varios edificios levantados sobre uno o varios lotes de terreno, que comparten áreas y servicios de uso y utilidad general, como vías internas, estacionamiento, zonas verdes, muros de cerramiento, porterías, entre otros. Cuando uno u otro se destina a la vivienda de las personas, se denomina edificio o conjunto de uso residencial (Congreso de Colombia Ley 675/01, 2001).
Es posible que todo edificio o instalación que albergue personas, se convierta en un lugar de desastre en el evento que se produzca una emergencia repentina que adolezca de la adecuada y óptima intervención de la misma. La emergencia puede agravarse con el pánico que normalmente se despierta cuando se carece de la preparación adecuada para afrontar un suceso.
Todas las entidades ya sean del sector público o privado tienen la responsabilidad de administrar situaciones generadas por los desastres o por las emergencias que puedan presentarse, como consecuencia del riesgo al cual se encuentran expuestos.
Un plan de emergencia es el conjunto de medidas anticipadas a una emergencia, que permite a sus usuarios la posibilidad de no ser afectados si esta sucede. Su propósito es proporcionar los elementos necesarios a todos los miembros que hacen parte del Conjunto residencial, criterios básicos que le permitan responder de forma adecuada a los eventos catastróficos que en una edificación pueden ocurrir.
Existe la responsabilidad de estar preparados para hacerle frente a las situaciones adversas, las cuales pueden ser de diferente origen: naturales (vendavales, inundaciones, sismos, tormentas eléctricas, y algunos otros), tecnológicas (incendios, explosiones, derrames de combustibles, fallas eléctricas, fallas estructurales, entre otras) y sociales (atentados, vandalismo, terrorismos, amenazas de diferente índole y otras acciones). Lo anterior muestra la variedad de emergencias que en cualquier momento pueden afectar de manera individual o colectiva el cotidiano vivir de los residentes con resultados como lesiones o muerte, daño a bienes, afectación del medio ambiente, alteración del funcionamiento del conjunto y pérdidas económicas.